Servicios frecuentes.

Descubre los principales trámites que puedes realizar en la Notaría. 

 
En las actas notariales el notario da fe de un hecho, acreditando la verdad o realidad de ese hecho con efectos frente a terceros. Sirven para pre-constituir una prueba y así facilitar el ejercicio de los derechos del ciudadano.
 
 
  • Documentación necesaria:

– DNI o pasaporte en vigor.

– Los documentos adicionales dependerán del tipo de acta notarial que quieras realizar. Lo mejor es que contactes con nosotros para informarte exactamente de la documentación adicional que necesitaremos.

 
 

Los poderes notariales son documentos mediante los cuales una persona natural o una persona jurídica delega en otra u otras, la responsabilidad de actuar en su nombre en determinadas materias.

 

  • Documentación necesaria:

 

– DNI o pasaporte en vigor.

– DNI del apoderado.

Dependiendo del tipo de poder, deberás aportar distinta documentación, por lo que es mejor que contactes con nosotros para decirte exactamente qué documentos adicionales necesitaremos para realizar el poder notarial que quieras.

 

 

Cuando una pareja se casa, puede acordar libremente su régimen económico matrimonial. En defecto de pacto, se aplica el régimen de gananciales. Pero es frecuente, sobre todo cuando uno de la pareja ejerce actividades económicas, acogerse al régimen de separación de bienes mediante la firma de capitulaciones.

Se pueden hacer, antes o después del matrimonio, para fijar las normas que regirán el aspecto económico de éste. Para su validez, deben de hacerse en escritura pública, con el asesoramiento imparcial del notario que deberá indicar la manera más idónea para reflejar la voluntad de los esposos y también cuáles son los límites que marca la ley.

 

  • Documentación necesaria:
 

– Si son para solteros, el DNI o pasaporte en vigor de ambos
– Si son para casados, deberéis aportar además el Libro de Familia

 

Para facilitar el emprendimiento de actividades empresariales y profesionales y poder limitar la responsabilidad patrimonial derivada del ejercicio de la actividad, actualmente existen una gran variedad de sociedades.

Por eso es importante antes de su constitución, decidir adecuadamente el modelo de sociedad que se quiere crear, según el tipo de actividad que se vaya a desarrollar y si se quiere o no limitar la responsabilidad patrimonial de los socios.

 

  • Documentación necesaria:

 

 Certificado de denominación social

– Certificado bancario

– CNAES correspondientes al objeto social

– Según el tipo de sociedad necesitaremos completar esta documentación básica, por lo que es mejor que contactes con nosotros para poder decirte exactamente que documentos adicionales hay de aportar para la creación de tu sociedad.

 

La compra de una vivienda es una de las inversiones más importantes que se realizan a lo largo de la vida. Nosotros te asesoramos incluso antes de la firma de cualquier documento sobre todos los pasos que hay que dar para que adquieras tu vivienda con las máximas garantías.

 

  • Documentación necesaria:

 

– Escritura o nota del Registro de la propiedad

– Certificado de la comunidad de propietarios

– Certificado energético

– Justificantes del precio (pueden ser fotocopias de cheques o transferencias efectuadas)

– Si se trata de VPO, autorización pertinente del Ayuntamiento o Comunidad.

– Si está gravada con una hipoteca, certificado acreditativo del saldo pendiente

 

La extinción o disolución de condominio de inmuebles es una forma práctica de dividir una comunidad de bienes. Debes saber que desde un punto de vista legal, una comunidad de bienes, condominio o copropiedad son lo mismo. 

Consiste en que una de las partes copropietaria de la vivienda cede su parte de propiedad a otra. Con la cesión de propiedad se suele producir una contraprestación económica a favor del titular que cede su proporción de la casa, aunque no es obligatorio. Por esta razón, la extinción del condominio puede asemejarse a una compraventa, pero con mejores ventajas fiscales.

 

  • Documentación necesaria:

 

– Es la misma que para una compraventa.

– Te aconsejamos que contactes con nosotros en caso de duda para asesorarte sobre si se dan las condiciones y explicarte las posibilidades de extinguir el condominio.

 

La mayoría de las personas que deciden comprar una casa tienen que solicitar un préstamo hipotecario a una entidad financiera para poder hacer frente al pago de la misma. Si es tu caso, debes saber que existen tres elementos diferentes y complementarios:

  • El contrato principal de préstamo.
  • La hipoteca, que es la garantía que el deudor, u otro por él, proporciona a quien le presta el dinero, y que normalmente recae sobre el inmueble.
  • El acta de transparencia que nos permite asesoraros sobre todo lo anterior, comprobar que habéis recibido toda la documentación necesaria y aclarar vuestras dudas respecto al producto que vais a contratar, dejando constancia de todo ello en un acta notarial.
 
 
  • Documentación necesaria:

 

– DNI o pasaporte en vigor.

– Documentación aportada por el banco.

 

Hacer testamento ante Notario es la práctica más habitual y segura de organizar tu sucesión y nombrar herederos.

Además es posible nombrar en el testamento tutor para tus hijos menores o discapacitados ¿lo sabías? Si es tu caso, te asesoramos sin compromiso, para que cuando testes hayas tomado tu decisión al respecto y con plena seguridad jurídica.

 

  • Documentación necesaria:

 

– DNI o pasaporte en vigor

 
 

Cuando fallece una persona, sus bienes y si las tiene, sus deudas, pasan a los herederos que señale su último testamento. La apertura de la sucesión y la transmisión del patrimonio se realizarán a través de la escritura de herencia.

 

  • Documentación necesaria

 

– Certificado de defunción

– Certificado de últimas voluntades

– Testamento o declaración de herederos ab intestato

– Certificado de seguros

– Escrituras o documentos privados que justifiquen la titularidad de los bienes

– Certificados bancarios con saldo a fecha de la defunción.

– Si hay acciones o participaciones sociales, los documentos acreditativos.

– Si hay vehículos fotocopia de la documentación.

 
 
 

Si alguien muere sin haber hecho testamento no se pierde la herencia. En este caso, será la ley la que nombre los herederos, siguiendo un orden de parentesco. Para ello, hay que formalizar lo que se denomina declaración de herederos que es el documento público notarial que define quiénes son los parientes con derecho a la herencia para poder proceder a su partición.

Actualmente, la declaración de herederos puede ser solicitada por cualquier persona que tenga un interés legítimo sobre la herencia de la persona fallecida.

 

  • Documentación necesaria:

 

– Certificado de defunción

– DNI del fallecido

– Certificado de empadronamiento

– Libro de familia si lo hubiere

– Certificado de nacimiento de los hijos

– Certificado de matrimonio.

– Si se trata de hermanos, tíos o sobrinos: todos los documentos que acrediten la relación de parentesco y 2 testigos.

 

La donación es un negocio jurídico por el que se transmite la propiedad de un bien a título gratuito. Ha de ser aceptada por el donatario, pues de lo contrario no puede realizarse el cambio de propiedad.

Los bienes muebles se pueden donar por escrito o verbalmente, pero para que sea válida la donación de un bien inmueble ha de hacerse en escritura pública, expresándose en ella individualmente los bienes donados y el valor de las cargas que deba satisfacer el donatario.

 

  • Documentación necesaria

 

– Si la donación es dineraria el justificante de la transferencia o fotocopia del cheque.

– Si es de inmuebles, la escritura o documento acreditativo.

¿ Dudas ? Te respondemos.

Sabemos que puede ser complicado… Déjanos ayudarte.

914 260 353

La gran variedad de trámites y documentos que puedes necesitar de la Notaría hacen que lo más fácil para solucionar tus dudas sea siempre que nos llames o te acerques a vernos.

100 preguntas al notario

También puedes descargarte en PDF la guía del Consejo General del Notariado con las preguntas más frecuentes que te pueden surgir. 

Tu notaría en Madrid.

Cerca de ti.

Asesoramiento sin compromiso

Te asesoramos de manera gratuita para que puedas realizar tus trámites con toda tranquilidad.

Llámanos o ven a vernos y sal de dudas.

Visítanos

Notaría  Retiro

Calle de Alfonso XII, 4, Primero

914 260 353

Horario

Lunes – Viernes

08:30 – 15:00

Tardes –  Martes y Jueves 

16:00 – 19:00

Contacta